Documentos 10 a 15

Los  6 últimos documentos recibidos de la dirección son:

Doc. 10 Relación de miembros del Comité de Empresa de BdB3.
Hay que suponer que la empresa no preveía el abordaje que los sindicatos  hicieron a la  Comisión Negociadora y por eso reflejan los miembros del CE de BdB3.

 Doc. 11 Criterios de selección de los trabajadores afectados.

Dejan muy claro en primer lugar, que  "los trabajadores afectados por la reestructuración de personal  son de los Servicios Corporativos.
A continuación marcan la voluntariedad como primer criterio, reservándose el derecho a vetar a quien les parezca y una serie de otros criterios: formación, idiomas, capacidad de adaptación, proyección profesional rendimiento, y circunstancias personales, que interpretaran a su criterio.
En definitiva pondrán en la lista a quien quieran

Doc. 12 Calendario de extinciones:
Fecha limite 30 de Septiembre.

Doc 13 Lista de centros de trabajo
Tenemos 9 centros de trabajo en toda España. Pues muy bien.

Doc 14 Plan de Recolocación  externa
Elaborado por  GRI, Gabinete de Recolocación Industrial, empresa que ganó el concurso correspondiente.
Es un documento obligado por la Ley de Reforma Laboral, que obliga a adoptar medidas efectivas durante 6 meses.

El documento de GRI se basa en unos datos, aparentemente más reales, pero desde luego distintos  a los de ATK.

Parte de una plantilla total de 1628 empleados, 33 empleados menos que en diciembre de 2012, seguramente por efecto de la finalización de contratos temporales y alguna baja vegetativa que haya podido haber.

En cuanto a la plantilla corporativa ofrece los siguientes datos:

Plantilla total a 30 de junio    1.628 empleados
Área corporativa:

Consejero Delegado 17
D. Administrativo  Financiera 53
Administración y  y RRHH 87
Dirección Desarrollo de  Negocio 26
TOTAL 183

No da detalles de la plantilla objetivo, solo que el número de bajas previstas  son 77 empleados.
El resto del documento es un catalogo comercial de los servicios que ofrece GRI.

Doc 15 Carta de petición de informe según art. 64.5a del Estatuto.

Según el ET el Comité de  Empresa tiene 15 días desde la recepción para hacer un informe con carácter previo a la ejecución del ERE



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